HUELLA DE CARBONO
¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A CALCULAR LA HUELLA DE CARBONO?
El Real Decreto 214/2025, que crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono, establece, para las organizaciones que reúnen ciertas condiciones, la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración y publicación de planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

EMPRESAS OBLIGADAS A CALCULAR LA HUELLA DE CARBONO, ELABORAR UN PLAN DE REDUCCIÓN Y PUBLICAR AMBOS DOCUMENTOS
Están obligadas las empresas (sociedades de capital) cuando concurran en ella alguno de los siguientes requisitos:
- Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 500.
- Que tengan la consideración de entidades de interés público de conformidad con la legislación de auditoría de cuentas.
- Que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
- Que el total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 de euros.
- Que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40.000.000 de euros.
- Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 250.
Las sociedades cesarán en la obligación si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos cualquiera de los requisitos anteriormente establecidos.
CONTENIDO DE LA OBLIGACIÓN
Para las empresas mencionadas en el punto anterior la obligación se concreta en :
- Calcular anualmente la huella de carbono de la organización utilizando los factores de emisión publicados en el portal de internet del registro de la Huella de Carbono del MITECO.
- Redactar un Plan de Reducción de Emisiones de GEI que contemplará, como mínimo, un objetivo cuantificado de reducción en un horizonte temporal de al menos 5 años, junto con las medidas para su consecución.
- Poner a disposición del público de forma gratuita y de manera accesible en su portal de internet la información sobre la huella de carbono y el plan de reducción.
En ningún caso se impone a las empresas la obligación de realizar el registro de la Huella de Carbono en el MITECO.

Geminis Tools puede ayudarte a cumplir con las obligaciones impuestas por el Real Decreto 214/2025, siguiendo, además, los requisitos del Estándar Corporativo de Contabilidad y Reporte de GHG Protocol.
Si quieres alguna aclaración sobre el Cálculo de la Huella de Carbono de Organización, el Plan de Reducción de Emisiones de GEI o la publicación de estos documentos, o bien tienes cualquier duda relacionada con los la Huella de Carbono, contacta con nosotros en nuestra página de contacto.
