HUELLA DE CARBONO

  1. Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 500.
  2. Que tengan la consideración de entidades de interés público de conformidad con la legislación de auditoría de cuentas.
  3. Que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
    • Que el total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 de euros.
    • Que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40.000.000 de euros.
    • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 250.
  1. Calcular anualmente la huella de carbono de la organización utilizando los factores de emisión publicados en el portal de internet del registro de la Huella de Carbono del MITECO.
  2. Redactar un Plan de Reducción de Emisiones de GEI que contemplará, como mínimo, un objetivo cuantificado de reducción en un horizonte temporal de al menos 5 años, junto con las medidas para su consecución.
  3. Poner a disposición del público de forma gratuita y de manera accesible en su portal de internet la información sobre la huella de carbono y el plan de reducción.